El Ómnibus digital no lo ha aplazado todo: qué te obliga el Reglamento de IA hoy
Desde finales de julio circula una lectura que es cómoda y es falsa: que Europa ha aplazado el Reglamento de IA y que, hasta 2027, las empresas no tienen que hacer nada.
El Reglamento (UE) 2026/1744, el llamado Ómnibus digital sobre IA, se aprobó el 8 de julio de 2026, se publicó en el Diario Oficial el 24 y es derecho vigente desde el 27 de julio. Aplaza cosas, sí. Pero no las que probablemente te afectan a ti.
Qué se ha aplazado de verdad
El Ómnibus mueve el calendario de los sistemas de alto riesgo, y solo de esos:
| Categoría | Nueva fecha |
|---|---|
| Alto riesgo del Anexo III (sistemas autónomos: RRHH, educación, crédito, servicios públicos) | 2 de diciembre de 2027 |
| Alto riesgo del Anexo I (IA incorporada en productos regulados) | 2 de agosto de 2028 |
El motivo no es un cambio de criterio político sobre la IA. Es logístico, y el propio preámbulo de la norma lo dice: las normas técnicas armonizadas no estaban listas y buena parte de los estados miembros aún no tenían montadas sus autoridades de vigilancia. Se aplazó aquello que no se podía ni cumplir ni supervisar.
Qué sigue aplicándose, hoy
Tres bloques no se han movido:
Las prácticas prohibidas. Vigentes desde febrero de 2025. Puntuación social, explotación de vulnerabilidades, ciertos usos de reconocimiento de emociones en el trabajo y en la escuela. No hay prórroga ni periodo de gracia.
La transparencia del artículo 50. Aplicable desde el 2 de agosto de 2026, es decir hace tres semanas. Si tu web tiene un chatbot, el usuario debe saber que habla con una máquina. Si publicas contenido sintético, hay que etiquetarlo. Esto afecta a empresas que no se consideran "empresas de IA" en absoluto: una inmobiliaria con un asistente en la web ya entra.
La alfabetización en IA del artículo 4. Y aquí hay que ser preciso, porque es donde más se exagera.
El artículo 4, sin exagerar
La obligación existe desde el 2 de febrero de 2025 y el Ómnibus no la ha eliminado. Pero sí la ha modificado, y conviene decirlo claro: la versión vigente mantiene que proveedores y desplegadores deben promover la alfabetización en IA de su personal, pero ya no impone ningún nivel concreto ni "suficiente". El peso se desplaza hacia la Comisión y los estados miembros, que deben publicar ejemplos de cumplimiento y recomendaciones.
Hay una excepción que no se ha tocado: quien despliegue sistemas de alto riesgo sí debe garantizar que su personal está formado para ejercer la supervisión humana. Esa sigue intacta.
Lo decimos sin rodeos porque somos una academia de formación y tenemos un interés evidente: hoy nadie te puede multar por no haber formado al equipo a un nivel determinado. Quien te venda un curso diciendo que la ley lo exige con esa contundencia te está vendiendo una versión antigua del texto.
Entonces, por qué formar al equipo
Porque las razones de peso nunca fueron la sanción.
Si tus comerciales pegan datos de clientes en una herramienta de IA gratuita, eso es un problema de protección de datos hoy, con independencia del Reglamento de IA. Si tu departamento de RRHH usa un sistema de cribado de candidatos, diciembre de 2027 llegará con el trabajo hecho o sin hacer, y preparar la gobernanza de un sistema de alto riesgo no son dos semanas. Y si publicas contenido generado sin etiquetar, ya estás incumpliendo el artículo 50, que no tiene prórroga.
El aplazamiento del alto riesgo es, de hecho, la mejor noticia posible para quien quiera llegar a tiempo: son dieciséis meses de margen que antes no existían.
Qué haría yo esta semana
Tres cosas concretas, por orden:
- Inventario. Escribe en una hoja qué herramientas de IA usa cada equipo. La mayoría de empresas se sorprenden: siempre hay más de las que la dirección sabe.
- Revisa los puntos de contacto. Chatbot en la web, respuestas automáticas, imágenes o textos generados. Comprueba si el usuario sabe que hay IA detrás. Eso es el artículo 50 y ya se aplica.
- Marca los casos de alto riesgo. Si usas IA para seleccionar personal, evaluar alumnos, conceder crédito o prestar servicios públicos, tienes una fecha: 2 de diciembre de 2027.
Fuentes
Este artículo cita texto legal, así que aquí tienes de dónde sale cada dato:
- Reglamento (UE) 2026/1744, texto oficial en el DOUE vía EUR-Lex y en el BOE.
- Entrada en vigor y alcance, en la nota de la Comisión Europea AI Omnibus enters into force.
- Artículo 4 y alfabetización en IA, en las preguntas frecuentes oficiales de la Comisión.
- Calendario de aplicación consolidado, en el Implementation Timeline.
Si quieres que revisemos juntos dónde está la IA en tu empresa y qué te toca hacer primero, hablémoslo.